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¿Por qué intervienes yates a los oligarcas rusos?

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A la palestra han salido últimamente como noticias, las múltiples incautaciones e intervenciones sobres bienes de personas denominadas como oligarcas rusos. Ahora bien, ¿Cuál es la base legal que subyace sobre dichas medidas? A priori, la acción se sustenta sobre DECISIÓN (PESC) 2022/411 DEL CONSEJO de 10 de marzo de 2022 por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

En dicha decisión y en posteriores se ha efectuado una especie de lista negra sobre personas y entidades que son “sospechosas” (que en esencia no quiere decir otra cosa que personas que han colaborado de manera activa en el conflicto con Ucrania según los criterios del propio Consejo de Europa, por estar las mismas ligadas de forma íntima con el Kremlin) y por ende, que dicha decisión se aplique sobre todo el territorio de la Unión Europea un paquete de medidas destinadas al bloqueo absolutos de los bienes y activos que las mismas tengan en estado miembros de la Unión.

No olvidemos que lo más llamativo han sido los a veces pornográficos yates atracados en puertos europeos, pero la realidad es que se ha extendido sobre otros bienes, dinero, propiedades, imposibilidad de operar con Rusia a nivel bancario, prohibición de comercio y transporte, y un largo etcétera con la finalidad de intentar ahogar económicamente tanto a Rusia como a los ciudadanos con residencia o propiedades en Europa que sean colaboracionista. 

Una vez superado el amparo legal sobre el que se asientan las confiscaciones, es decir una decisión del Consejo de Europa, la pregunta que subyace es, ¿Hay alguna norma legal que ampare dicha decisión? Y la respuesta es categóricamente, no. No, porqué no hay norma de derecho comunitario que previera expresamente un problema como el que aborda la Unión. No, porqué es discutible incluso que la decisión choque frontalmente contra los derechos fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea y los diversos textos que los regulan. Y no, porqué, en definitiva, no hay norma precedente que ampare dicha decisión.

¿Hay alguna norma legal que ampare dicha decisión? Y la respuesta es categóricamente, no.

Ello no implica de per se, que la misma no sea legal ni acorde a las normas y principios del derecho comunitario. Las decisiones son recurribles ante las instancias judiciales previstas a tal efecto, Tribunal General de la Unión Europea y posteriores recursos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a parte de poder presentar alegaciones frente al propio Consejo de Europa. En definitiva, es una cuestión que no será exenta discusión jurídica, y que como alguno de los afectados ya ha anunciado, quedará al albor de las resoluciones que los tribunales europeos dicten, y que como suele suceder en justicia, llegaran cuando el conflicto que los originó haya terminado.

Eloi Castellarnau
Artículo publicado en Economía Digital

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